El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado hoy en relación con el asunto C-518/13 – The Queen en el asunto Eventech Ltd / Parking Adjuticator.
Según el Tribunal, el hecho de que se autorice a los taxis de Londres a circular por los carriles bus, con exclusión de los vehículos de alquiler con conductor («NCC»), no implica una utilización de los recursos del Estado.
De esta manera, se da respuesta a la solicitud de decisión prejudicial propuesta el Tribunal de Apelación del Reino Unido con el fin de determinar si la autorización para utilizar la vía rápida constituye una ayuda de Estado.
Según el Tribunal, los taxis están en una situación diferente, de hecho y de derecho, de la de vehículos de alquiler con conductor; por ello, tal autorización no parece idónea para conferirles, mediante los recursos estatales, una ventaja económica selectiva.
El Tribunal observa que el hecho de que los taxis de Londres no están obligados a pagar multas por el uso de carriles reservados para las autoridades públicas no implica costos adicionales con el uso de los recursos del Estado. Argumenta el Tribunal que los carriles no fueron construidos para el beneficio del taxi, sino como un elemento de la red de carreteras en Londres y que tiene como principal objetivo facilitar el transporte público en autobús.
Desde este punto de vista, según el Tribunal, un Estado no necesariamente confiere una ventaja económica para la concesión de un derecho de acceso preferencial a ciertos usuarios de la infraestructura pública, que no es explotado económicamente por las autoridades públicas, para perseguir la consecución de un objetivo previsto bajo la legislación nacional (como el de garantizar un sistema de transporte seguro y eficiente).
Según el Tribunal, a la vista de las características de los taxis de Londres, las autoridades nacionales competentes podrían razonablemente creer que el acceso a estos taxis para carriles bus podría promover la eficiencia del sistema de transporte por carretera en Londres.
La Corte observa que el taxi de Londres, en virtud de su condición jurídica, se encuentra en una situación diferente, de hecho y de derecho, de la de la NCC, por lo que las dos categorías de vehículos no son comparables. Sólo los taxis de Londres pueden ofrecer sus servicios, sujetos a la obligación de transportar a los clientes, deben ser reconocibles y capaces de transportar personas que se desplazan en sillas de ruedas y sus conductores deben tener un conocimiento en profundidad de la ciudad de Londres y tienen que facturar sus servicios a través de un taxímetro. En consecuencia, la política de los carriles bus no parece que confiera una ventaja económica particularmente selectiva a los taxis de Londres.
En nuestra opinión es notable la observación de la Corte según la cual no puede excluirse que la necesidad de autorización de los taxis londinenses para utilizar el carril reservado a los autobuses, prohibiendo su utilización a las NCC; dado que ello puede tener efectos desalentadores en la prestación de servicios por parte de NCC en Londres. Esto podría resultar en un menor número de oportunidades para que las empresas establecidas en otros Estados miembros entren en ese mercado.
Esto abre el camino a una calificación diferente del asunto: ¿denegación del acceso a una “estructura esencial”?
Fuente: Curia