El pasado 22 de noviembre de 2018, la CNMC inició un expediente sancionador por prácticas restrictivas de la competencia, contra la empresa ADIDAS ESPAÑA (S/DC/0631/18) con origen en una denuncia realizada a esta empresa. Tras el análisis de la misma y su investigación con información reservada en el número de expediente citado supra, la CNMC incoó con carácter preliminar, el expediente sancionador por existir indicios claros de la infracción de los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia española y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En esta ocasión, la nota de prensa de la CNMC establece que se abre dicho expediente por las siguientes prácticas restrictivas:
-Inclusión de cláusulas en los contratos aplicables a algunos de sus franquiciados que podrían ser restrictivas de la competencia, al prohibir determinados tipos de venta (on line y cruzadas)
-Imposición de obligaciones o pactos de no competencia que, hasta el presente, pueden ser considerados desproporcionados.
-La posible fijación indirecta de los precios de reventa de sus franquiciados.
El asunto resulta de gran interés porque es una de las primeras investigaciones en España acerca de la imposición de precios de reventa o resale price maintenance (aka, RPM) que puede relacionarse con otros asuntos que se han dilucidado, por el momento, ante la Comisión Europea, por su magnitud de los daños causados a la libre competencia en el mercado interior europeo. Por ejemplo, el también reciente asunto Phillips, Asus y otros, de julio de 2018[1]. En este supuesto, la Comisión multó con 111 millones de euros, a estas empresas de fabricación de productos electrónicos tras probar en la investigación realizada contra la actuación de estas empresas que habían estado fijando los precios de reventa on line a sus respectivos minoristas e impidiendo a estos bajo amenazas y otras sanciones comerciales que establecieran otros precios diferentes en sus páginas webs, en contra de lo establecido en el Derecho de la libre competencia europeo.
Fuente: CNMC
Autora: Anna Ruiz Martín