La CNMC ha impuesto una sanción por valor de 8,85 millones de euros a 12 empresas del mercado de transporte de frigoríficos por carretera y a la Asociación Española de Empresarios de Transporte Bajo Temperatura Dirigida (ATFRIE), por quedar acreditada una conducta contraria al artículo 1 LDC y 101 TFUE. Todas las multas oscilan entre entre el 1% y el 3,95%, respectivamente, del volumen de negocio total de cada compañía en 2014.
El regulador considera probado que las conductas ilícitas desarrolladas consistieron en acordar las tarifas de los servicios de transporte frigorífico internacional por carretera (fijación de precios). Además, decidieron crear una empresa franquiciadora para evitar las posibles sanciones y prolongar así las prácticas anticompetitivas. Estos coportamientos se desarrollaron de forma continuada entre 1993 y 2012.
Exactamente, la multa que ha recibido cada participante, ha sido la siguiente:
- Asociación española de empresarios de transporte bajo temperatura dirigida: 200.000 euros
- Arnedo Medina Valencia, S.A. y solidariamente a Transportes Europeos Comunitarios, S.A.: 260.825 euros
- Campillo Palmera, S.L.: 1,02 millones
- Disfrimur, S.L. y solidariamente a Grupo Disfrimur, S.L.: 2,6 millones
- Grupo Trans Onuba, S.L. y solidariamente a Inversiones Onuba, S.L.: 1, 47 millones
- Primafrío, S.L.: 255.332 euros
- Transportes Carlos, S.L. y solidariamente a Grup Ramfer 2005, S.L.: 47.657 euros
- Transdonat, S.A.: 95.692 euros
- Transportes Antonio Belzunces, S.A.: 88.952 euros
- Transportes Caudete, S.A.: 113.204 euros
- Transportes Hermanos Corredor, S.A.: 288.222 euros
- Transportes Mazo Hermanos, S.A. y solidariamente a MZ 73 Inversiones, S.L.: 2 millones
- Transportes Tarragona, S.A. y solidariamente a Tarragona Internacional, S.L.: 401.720 euros
Por otra parte, la CNMC ha declarado prescrita la infracción en el caso de las empresas: Guirado Transportes Internacionales, S.A, Molinero Logística, S.L. y Castillo Trans, S.A.
Contra estas resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Fuente
CNMC