El Juzgado de lo Social de Essen ha rechazado las demandas presentadas por tres empresas del Grupo Thyssen Krupp contra el ex directivo Uwe Sehlbach por los daños causados a las empresas por su participación en el cartel de raíles. La corporación reclamaba al directivo daños y perjuicios apoyándose en el hecho de que él fue informado de las actividades anticompetitivas que estaban desarrollándose en las empresas y decidió tolerarlas.
Como consecuencia de estas conductas, en los años 2012 y 2013 la corporación fue sancionada por la Autoridad Alemana de Competencia con multas por valor de € 191 millones. A esta suma hay que añadir las demandas civiles que han sido presentadas como follow-on actions por varios de los clientes de etas empresas (entre otros, Deutsche Bahn).
Estas reclamaciones de Thyssen Krupp han sido rechazadas por el Juzgado de lo Social porque, si bien el directivo fue informado, las compañías también pudieron tener constancia de las conductas porque aparecían recogidas en un detallado informe de compliance realizado en el año 2006. Consecuentemente, la empresa debió haber investigado esas prácticas después de haber recibido el informe en vez de tolerarlas. Además, cualquier posible sanción contra una persona física está limitada a un importe de € 1.000.000 de acuerdo con la Ley de Competencia Alemana.
Fuente: Arbeitsgericht Essen, Justiz NRW