Francisco Marcos, IE Law School
La compañía riojana Grupo Riberebro Integral, S.L. aúna a varias empresas dedicadas a la producción de conservas vegetales (Gvtarra, Ayacue y JA´E). Es el mayor grupo español en ese sector y uno de los líderes mundiales en el cultivo y transformación de setas comestibles, incluyendo champiñones en conserva.
La pasada semana la Comisión Europea anunciaba el envío a Riberebro de un escrito de cargos en el que acusa a esta compañía de vulnerar el artículo 101.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por participar en un acuerdo con sus competidores para repartirse los clientes y fijar los precios de los champiñones en conserva comercializados con marcas del distribuidor (MDD) y en el canal “food service” (mayoristas y otras empresas que procesan ese producto).
¿Multarán a Riberebro por participar en el cártel de los champiñones en conserva comercializados con ‘marca blanca’?
Esta acusación no debería sorprender a Riberebro. Sus principales competidores en este mercado (la francesa Bonduelle y las holandesas Lutèce y Prochamp) alcanzaron a mediados de 2014 un acuerdo con la Comisión Europea de conformidad con el artículo 10bis del Reglamento UE nº 773/2004 de la Comisión de 7 de abril de 2004, en el que aceptaron su responsabilidad en la realización de las conductas prohibidas, yse les impusieron multas por importe superior a €32 millones (Decisión de la Comisión Europea de 25 de Junio de 2014, AT.39965-Mushrooms, Lutèce se benefició de la inmunidad por su solicitud de clemencia).Se desconocen las razones que llevaron a Riberebro a no participar en aquel acuerdo (§23 de los hechos, pág. 9 de la decisión), pero salvo que Riberebro guarde un “as en la manga”, la situación en la que se encuentra se antoja complicada y probablemente conducirá a la imposición de una cuantiosa multa.
La solicitud de clemencia de Lutèce permitía acreditar la existencia de un cartel en el mercado de los champiñones en conservacomercializados con marca blanca entre el 1 de septiembre de 2010 y el 28 de Febrero de 2012. Según la Comisión, las conductas realizadas habrían consistido simultáneamente en la coordinación de precios, en el reparto del mercado y en un pacto de no agresión entre estas compañías en relación con los champiñones en conserva destinados a las marcas blancas o marcas del distribuidor (MDD) y al canal de food service. En las inspecciones de las sedes de estas compañías (incluyendo Riberebro) la Comisión encontró pruebas de múltiples intercambios de información y reuniones periódicas de los directivos de las compañías con el propósito de estabilizar el mercado, y repartirse los clientes (con ‘compensaciones’ en caso de que estos cambiaran de proveedor). En suma, cabe pensar que Riberebro se negara a participar en el acuerdo con la Comisión Europea porque no hubiera participado en la conducta prohibida (o no hubiera prueba suficiente de ello) pero entonces la reciente acusación de la Comisión Europea no tendría mucho sentido.
¿Reclamarán a Riberebro por los daños del cártel de los champiñones en conserva?
La conclusión del procedimiento sancionador, y la posible sanción a Riberebro, no excluirían la posibilidad de que esta compañía (para el resto de las implicadas en el cártel -Bonduelle; Lutèce y Prochamp- las dudas son menores) puedan verse obligadas a compensar los eventuales daños causados a los distribuidores por el cártel. Por ello, una eventual sanción a Riberebro, desencadenaría la potencial reclamación frente a ella de los daños por los distribuidores que hubieran sido perjudicados por la falta de competencia en el mercado de champiñones comercializados con MDD.
La importancia y concentración en las marcas blancas de un porcentaje significativo de la demanda de productos vegetales (incluidos los champiñones en conserva), condensarían en los distribuidores los eventuales perjudicados del cartel , y facilitarían la eventual reclamación de los daños y perjuicios derivados de la falta de competencia, y podría multiplicar proporcionalmente las consecuencias negativas para Riberebro de su conducta. Ciertamente, nada hace que la reclamación de daños contra Riberebro tenga más probabilidades de éxito que reclamaciones contra el resto de las compañías implicadas en el cártel, pero no cabe excluir que esa responsabilidad también pueda existir.