La CNMC ha sancionado al Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas con una multa por valor de 19.400 euros por infringir el artículo 1 LDC. En concreto, por realizar una recomendación colectiva de precios a los miembros del Colegio.
De acuerdo con los hechos acreditados, la CNMC señala que el documento denominado «Criterios Orientadores de Honorarios Profesionales del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas a los efectos de informe a requerimiento judicial en las impugnaciones de tasaciones de costas y jura de cuentas de los Abogados», aprobado el 20 de enero de 2010, es esencialmente igual en cuanto a su redacción al titulado «Criterios Orientadores de Honorarios Profesionales del Consejo Canario de Colegios de Abogados», aprobado el día 9 de julio de 2004. Es decir, la Corporación aprobó en 2010 como criterios aplicables en su ámbito territorial los mismos que se venían aplicando en toda la Comunidad Autónoma de Canarias desde 2004, apreciándose un incremento generalizado del 10% de los importes correspondientes respecto del anterior. El Colegio de Abogados de Las Palmas realizó la difusión de los anteriores acuerdos a través de la publicación de dos documentos en su página Web.
A este respecto, cabe recordar que los precios en el sector de la abogacía deben ser el resultado del libre pacto entre abogado y cliente, por lo que se presume que están ajustados a derecho siempre que sean el acuerdo entre las partes.
A partir de la entrada en vigor de la Ley Ómnibus queda prohibida de manera explícita la emisión de baremos o cualquier otra orientación a la hora de establecer los honorarios de los profesionales, tampoco cabría el pronunciamiento de la Corporación respecto a su ajuste a derecho a petición de la parte que ha contratado los servicios de un profesional concreto, pues sería una manera indirecta de recomendar precios.
Por ello, la resolución también obliga al Colegio a revisar sus Estatutos, con el fin de que sean acordes con la legislación en materia de Defensa de la Competencia y a difundir entre sus asociados el texto íntegro de dicha Resolución por medio de la publicación en su página web.
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